INFRAESTRUCTURA DE DATOS
ESPACIALES DE TUCUMÁN


Proyecto de Ley

En agosto del año 2014, la Comisión IDET presentó a la Honorable Legislatura de Tucumán el Proyecto de Ley de Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de la provincia de Tucumán. El expediente es el N° 143/PL/2014. En el año referido, el Proyecto de Ley IDET fue analizado y tuvo dictamen favorable de la Comisión de Legislación General: González Navarro Ramiro, Álvarez Roque Tobías, Hadla Raúl Oscar, Emiliano Vargas Aignasse, Quinteros Alfredo Cesar, Bordinaro Beatriz, Racedo Regino Ricardo, León José Alberto, Fernández Manuel.

En este año 2016, el mismo  fue analizado por la Comisión de Ciencia y Técnica de la Honorable Legislatura de Tucumán, quien también emitió un dictamen favorable, con fecha 08/08/2016; firmando los siguientes Legisladores : Rubén E. CHEBAIA, Eduardo A. COBOS,    Adela del V. ESTOFAN DE TERRAF, Osvaldo R. MORELLI.

En los artículos N° 3, 4, 5, 6 y 7 del proyecto de Ley presentado, se prevé para la organización de la misma, la creación de un Consejo de Coordinación conformado en principio por lo menos por 1 (uno) funcionario con jerarquía no inferior a Director perteneciente al Ministerio de Desarrollo Productivo, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Economía, Ministerio de Educación, Ministerio de Interior, Ministerio de Salud Pública, Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad, Secretaría de Estado de Innovación y Desarrollo Tecnológico y Secretaría de Estado de Gestión Pública y Planeamiento, con más los organismos que se inviten con posterioridad. Dicho Consejo será presidido por la autoridad de aplicación de esta ley: La Secretaria de Estado de Gestión Pública y Planeamiento: impulsor del desarrollo de la IDET desde sus comienzos e idóneo por las funciones conferidas.

Con la organización descripta, el proyecto de ley IDET busca formalizar la participación de los organismos y que las decisiones relativas a IDET sean consensuadas por los mismos. Además el proyecto de Ley IDET en su artículo N° 8, reconoce el trabajo de los técnicos en información geoespacial al definir que cada organismo perteneciente al Consejo Coordinador disponga de un especialista para conformar las subcomisiones técnicas de la IDET.

En el artículo 10 del referido Proyecto de Ley, se declara obligatorio el intercambio de información geoespacial entre organismos públicos en las condiciones y modalidades que establezca la Autoridad de Aplicación, pudiendo los organismos informar formalmente los casos en que la misma sea restringida. Tal declaración es un avance sumamente significativo que contribuye a las políticas propias de un Estado moderno en materia de gobierno electrónico y de libre acceso a la información (artículos 33, 41, 42 y 75 y sus concordantes de la Constitución Nacional, Decreto Nacional de acceso a la información pública N° 1172/03, Ley de acceso a la información pública ambiental N° 25.831, entre otras fuentes conceptuales).